Educación Cooperativa

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JUNTA GENERAL

Autoridad máxima que delega su autoridad en un grupo que puede reunirse con mayor frecuencia, este es el Consejo de Administración.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Tiene las siguientes responsabilidades ante la Junta General:
- Administrar la cooperativa en nombre de la mayoría de los socios.

- Dirección superior de los negocios sociales.

- Llevar actas de las sesiones del Consejo.

- Nominar al Gerente de la Cooperativa.

- Preocuparse que el Gerente cumpla y ejecute sus resoluciones y las de la Junta General.

GERENTE

Es el empleado ejecutor de acuerdos y órdenes del Consejo de Administración.

JUNTA DE VIGILANCIA

Es un ente regulador que nombra la Junta General, para asegurar que los dirigentes de la cooperativa actúen de acuerdo con sus responsabilidades.

LOS 7 PRINCIPIOS QUE REGLAMENTAN LAS COOPERATIVAS

- Libre ingreso y retiro voluntario

- Control democrático

- Distribución de excedentes

- Autonomía e independencia

- Educación, entrenamiento e información

- Cooperación entre Cooperativas

- Compromiso con la comunidad

RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS

- Mantenerse bien informado

- Prepararse y participar en las reuniones

- Asistir a las reuniones de la Cooperativa

- Participar con responsabilidad

- Votar independientemente

QUIÉNES PUEDEN INTEGRAR UNA COOPERATIVA

Toda persona que suscriba una solicitud de ingreso a la sociedad, para lo cual se ha suscrito capital previamente, solicitud que debe ser aceptada por el Consejo de Administración.

BENEFICIOS DEL COOPERATIVISMO

- Prestación de Servicios a Socios

- Apoyo económico, laboral, estabilidad, etc.

- Facilidades de pago con sus compromisos

- Colaboración para acometer iniciativas de mayor envergadura y beneficio mutuo