Diversificación de Cartera

En nuestra calidad de corredor de seguros y en cumplimiento a la ley e instrucciones impartidas por la Comisión para el Mercado Financiero (C.M.F.), informamos que durante el año calendario anterior, intermediamos contratos de seguros con las compañías que se indican a continuación: (Art. 57 DFL 251)

 

Además, para responder al correcto y cabal cumplimiento de todas nuestras obligaciones demandadas como corredor de seguros y en especial, de los perjuicios que podamos ocasionar a los asegurados que contraten seguros por nuestro intermedio, hemos constituido la siguiente garantía: (Art. 58 DFL 251).

Consorcio Seguros Generales S.A.
Póliza de garantía para corredores de seguros Nº Póliza 10046356 Póliza de Resp. Civil para corredores de seguros Nº Póliza 10046358

Para acceder a la información completa de las condiciones generales y cláusulas adicionales de los seguros ofrecidos, ingrese a la Comisión para el Mercado Financiero (C.M.F.), www.svs.cl.