¿Dónde
llamar en caso de emergencia?
Fono: 042 - 223308
¿A quién dirigirse en la
eventualidad que se necesite energía eléctrica?
Unidad de Comercialización de Energía
Sr. Samuel Arteaga I.
Fono: 042 - 204402
Sra. Gabriela Hernández
Fono: 042 - 204414
Fax : 042 - 248263
¿Cuál es el Estado o Saldo de mi
Cuenta?
Usted, puede acceder al estado o saldo de su cuenta con
la empresa a través de:
· Las Oficinas Comerciales
· En cualquiera de nuestro Locales
· Llamando al 204442; 204414 o 204492
Sólo necesitamos individualizar su Número de Cliente,
o en su defecto otra alternativa de identificación (Nombre,
RUT,) y nosotros le entregamos la situación de su servicio
en términos de deuda ($), antigüedad de deuda (cantidad
de boletas o facturas impagas) y situación (afecto /
no afecto a corte de suministro). Adicionalmente, le asesoramos
en cualquier otro aspecto relacionado con el servicio que Ud.
requiera.
¿En mi casa todos trabajamos o estudiamos,
cuando pasa el Lector de Medidores no hay moradores. ¿Qué
puedo hacer?
Si Ud. no tiene un vecino o familiar cerca que pueda dar
acceso al Lector, la Empresa le faculta para que Ud. mismo tome
el estado del medidor y lo informe a la Oficina Comercial más
cercana o llamando a los siguientes números: 042/204442;
204414 o 204492. También puede realizar esta actividad,
a través del fax 042/248263, haciendo referencia a la
fecha en la cual fue tomada la lectura y el número del
servicio (o cuenta).
¿Cuándo toman la lectura en mi sector?
La Lectura de Medidores se realiza mensualmente, conforme
a un programa pre-establecido. Para orientar a nuestros Clientes
la Empresa informa en las boletas de consumo, una fecha aproximada
de la Lectura para el mes siguiente. (por incorporar)
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¿En que fecha debo tomar el estado de mi medidor?
Usted debe tomar la lectura de su medidor el día 25 de
cada mes y acercarse a cualquiera de nuestras oficinas o locales
o bien llamar a los teléfonos 042/204442; 204414 o 204492.
Al fax 042/248263, haciendo referencia a la fecha de registro
de lectura y el número del servicio al cual se refiere
Encuentro que mi medidor registra mucho consumo
¿Puedo solicitar una revisión?
Efectivamente, Ud. puede, si lo desea, solicitar la revisión
de su medidor. Copelec Ltda., solicitará el concurso
de personal calificado para la certificación del equipo.
Si el equipo es de propiedad de la empresa, este servicio no
tendrá cargo para Ud. En caso contrario, si el es de
propiedad del Cliente, el costo del trabajo es de su cargo.
La Empresa tiene como política abonar al Cliente los
consumos registrados en exceso, de comprobarse el hecho a través
del informe técnico que se realice.
¿Por qué las empresas cobran
Cargo Fijo Mensual?
El
Cargo Fijo mensual cubre los costos en que incurren las empresas
por concepto de Facturación, Atención de Clientes
en Oficina Comerciales, otros.
Los conceptos antes indicados no están contemplados en
los cargos por energía y potencia eléctrica de
las diferentes tarifas vigentes.
Este cargo está regulado por ley, así como los
precios de la energía y potencia, por lo que las empresas
no pueden aplicarlos a su arbitrio.
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¿Por qué me cobran Arriendo de Medidor?
El cargo por arriendo de medidor, se aplica a aquellos Clientes
que no compraron su medidor y optaron por la modalidad de arrendárselo
a la empresa, que es la propietaria de dicho equipo.
Es aplicable, cuando este constituye aporte a la Cooperativa,
reconociéndose por este concepto, un monto de capital
igual al valor del equipo.
¿En mi cuenta apareció un cargo
por Energía Adicional de Invierno. ¿Cómo
y cuándo se aplica? ¿ Cómo se determina
mi límite de invierno?
El cargo por Energía Adicional de Invierno, se aplica
en cada mes del período 1° de mayo - 30 de septiembre,
en que el consumo del Cliente exceda 250 kWh/mes, a cada kWh
consumido al mes en exceso al límite de invierno del
Cliente.
Por su parte, el Límite de Invierno individual del Cliente,
será igual al mayor valor que resulte de comparar: 200
kWh, con un séptimo de la totalidad de la energía
consumida en el período 1° de octubre - 30 de abril
inmediatamente anterior, incrementada en un 20 %.
En la práctica, esto significa que un Cliente para quedar
afecto a este cargo, debe consumir más de 250 kWh/mes
y más que su propio Límite de Invierno.
¿Si en un mes de invierno no toman o no informo la lectura
del medidor, en la próxima boleta quedo afecto a energía
adicional de invierno?
La falta de lectura de medidor en un mes de invierno, no implica
cobro por energía adicional de invierno en la cuenta
siguiente, pues, si bien su consumo corresponde a 2 meses, su
límite de invierno también se duplica y la cota
de 250 kWh/mes, en este caso es de 500 kWh por tratarse de un
período de facturación igual a 2 meses.
Recuerde que la facturación por energía adicional
de invierno se aplica de mayo a septiembre, y no le afecta si
Ud. no consume más de 250 kWh/mes.
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¿qué día se reparte
la boleta o factura de Consumo?
Existen dos fechas de facturación una que corresponde
al día 25 de cada mes en cuyo caso la factura o boleta
estará disponible a partir de esa fecha, en caso que
usted haya solicitado el envío por correo, esta le llegará
en un plazo no superior a 4 días.
La segunda fecha de facturación es el día 30 y
las opciones de disponibilidad de su documento es el mismo que
en el caso anterior.
La facturación que se realiza el día 25 tiene
un vencimiento el día 10 del mes siguiente, y la facturación
que se lleva a cabo el día 30, tiene vencimiento el día
15 del mes siguiente
La lectura actual informada en la boleta no corresponde a la
que yo informé. ¿Qué puedo hacer en este
caso?
Pese a las instancias de control que se realizan en la empresa
y a la tecnología incorporada para leer y verificar las
lecturas de los medidores, de todas formas es posible que exista
un error de lectura. En este caso llame al 204442 para verificar
la información entregada por usted y en el caso de certificarse
el error de lectura, procederán a refacturar, emitir
nota de crédito (facturas). Ello en un plazo no superior
a las 24 horas hábiles de haber recibido el reclamo.
¿Qué necesito hacer para instalar
un medidor en mi propiedad?
Para instalar servicio eléctrico en su propiedad
Ud. debe presentar en la Oficina Comercial más cercana
a su domicilio, los siguientes documentos:
· Solicitar en cualquiera de nuestras oficinas o locales
una Solicitud de Estudio y Presupuesto
· Anexo N° 1 SEC (tramitado por instalador eléctricos
· Fotocopia de la escritura o certificado de dominio
vigente de la propiedad ta autorizado por SEC
· Autorización notarial del dueño (si es
arrendatario)
· Cancelar el empalme
La forma de cancelación del empalme puede ser al contado
o al crédito, según las posibilidades del Cliente.
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¿Qué tengo que hacer para trasladar el medidor
dentro de mi propiedad?
Para estos efectos, Ud. debe dirigirse a la Oficina Comercial
o Local más cercana a su domicilio, allí deberá
firmar una orden de solicitud de Estudio y Presupuesto, en la
cual solicita el traslado del equipo. El traslado puede ser
dentro de la misma fachada de la casa o bien instalarlo en un
poste, lo que deberá quedar explicitado en la orden de
servicio. Este trabajo tiene un costo asociado, el cual dependerá
si se usan o no materiales.
¿Qué necesito para aumentar
la capacidad de mi instalación?
Teniendo claro a que capacidad desea aumentar, lo debe solicitar
en las oficinas comerciales de Copelec Ltda., a través
del fax 042-248263, o bien, a través del correo postal,
casilla 20-D, Chillán.
Si usted es arrendatario, necesita Autorización notarial
del dueño.
Una vez evaluada su solicitud se comunicará el valor
a cancelar por concepto de aumento de capacidad, el cual dependerá
de las características del empalme.
Debe tener presente que si el aumento de capacidad supera los
10 Kva de potencia conectada, implica modificar el empalme y
un cambio en la condición tarifaria, la cual debe ser
solicitada por usted.
¿Qué es un certificado de factibilidad?
Es un certificado que extiende la empresa, para acreditar que
en un sector geográfico determinado, cuenta con redes
de electricidad.
¿Necesito un certificado de factibilidad. ¿Dónde
puedo solicitar dicho documento?
En cualquiera de nuestras sucursales donde exista un Enlace, esto es en las ciudades de Chillán (A. Prat 580, Galería Las Araucarias, loc. 58 y 18 de Septiembre 695) Bulnes, Coelemu, El Carmen, Florida, Quillón, Quirihue, y San Carlos. No tiene costo.
¿Cuánto tiempo se demoran en
reparar el alumbrado público?
La reparación del alumbrado público es responsabilidad
de la Ilustre Municipalidad correspondiente, no obstante Copelec
Ltda. esta constantemente verificando el estado de los alumbrados
y en aquellos que detecta fallas envía un Presupuesto
por reparación a la Ilustre Municipalidad correspondiente,
quedando a la espera por parte de ésta, de una orden
de trabajo para su reparación.
Habiendo, la Municipalidad, extendido esta orden, nuestra empresa
tiene un plazo de repuesta aproximado a tres días.
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